IMPUESTOS
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11 de abril de 2007
¿Sigue vigente el régimen de información implementado por la Resolución General Nº 4120 (D.G.I.)? De ser así, ¿cuándo opera el vencimiento?
El régimen de información de la Resolución General Nº 4120 (D.G.I.) continúa vigente. El vencimiento para la presentación de la información al 31 de diciembre de 2006, independientemente de la fecha de cierre del ejercicio comercial, opera en el mes de julio de 2007, en las siguientes fechas:
|C.U.I.T. terminado en 0 y 1:|Hasta el día 23, inclusive.|
|C.U.I.T. terminado en 2 y 3:|Hasta el día 24, inclusive.|
|C.U.I.T.... >
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9 de abril de 2007
¿Cuándo opera el vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto sobre los ingresos brutos de los contribuyentes bimestrales de la Provincia de Buenos Aires?
De conformidad con lo establecido por la Disposición Normativa Serie “A” Nº 7/07, el vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual para contribuyentes con régimen de pago bimestral se prorrogó para las siguientes fechas:
– C.U.I.T. terminado en 0 y 1: 21 de agosto de 2007.
– C.U.I.T. terminado en 2 y 3: 22 de agosto de 2007.
– C.U.I.T. terminado en 4 y 5: 23 de... >
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9 de abril de 2007
¿Un odontólogo que sólo trabaja con obras sociales es correcto que se lo inscriba como I.V.A. exento e inscripto en ganancias?
Si el profesional trabaja únicamente con afiliados obligatorios se da de alta como I.V.A. exento e inscripto en ganancias, debiendo emitir comprobantes tipo C. Si trabaja con afiliados voltarios de obra social o con consumidores finales debe ser responsable inscripto en I.V.A.. >
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Interpretación de Normas. Derogación de Normas. Tarjetas de Crédito
1 de abril de 2007
,por Gutman, Marcos Gabriel y Damiani, Marina Vanesa
{“ORGANIZACIÓN VERAZ S.A. c/E.N. – P.E.N. M.E.y O.S.P. s/AMPARO LEY Nº 16.986”}
FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, DEL 06/03/2007
|{ Voto de la mayoría : Dres. Ricardo Luis Lorenzetti, Carlos S. Fayt, Juan Carlos Maqueda, Eugenio Raúl Zaffaroni y Carmen M. Argibay.
Por su voto (disidencia de fundamentos) : Dra. Elena I. Highton de Nolasco.
Voto en disidencia (disidencia de resultado) : Dr. Enrique S. Petracchi}|
1. Organización Veraz S.A. persiguió la declaración de inconstitucionalidad del artículo 53 de la Ley Nº 25.063 que regula... >
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1 de abril de 2007
,por Bertolot, Alicia
1. NOVEDADES
1.1. Eximición de impuestos
El 9 de abril de 2007 se promulgó la Ley Nº 26.224, publicada en el Boletín Oficial el 10 de abril de 2007, mediante la cual se incorpora el artículo 10 bis a la Ley Nº 26.092. Por dicho artículo se exime a la empresa AR–SAT (Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima) de todos los impuestos nacionales, incluidos el impuesto al valor agregado e impuestos internos y de los tributos que gravan la importación para consumo, así como también de los que los complementen o sustituyan, no siendo de aplicación a su... >
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Recursos ante la Cámara de Seguridad Social. Límites. Interpretación de Normas
1 de marzo de 2007
,por Gutman, Marcos Gabriel y Damiani, Marina Vanesa
{ “VAQUEROS S.A. c/DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA” }
FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE LA NACIÓN, DEL 20/02/2007
|{ Voto de la mayoría : Dres. Ricardo Luis Lorenzetti, Elena I. Highton de Nolasco, Enrique Santiago Petracchi, y Juan Carlos Maqueda.
Por su voto (disidencia de fundamentos) : Dr. Carlos S. Fayt.}|
1. Si bien la agraviada no acompañó junto con su escrito de apelación los elementos de prueba que le permitían demostrar su incapacidad de pago, no menos cierto que, a esa fecha, el Organismo Recaudador no habría establecido en forma definitiva la cuantía del... >
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Interpretación de Normas. Obligación de no Hacer. Prestaciones y Servicios
1 de noviembre de 2006
,por Gutman, Marcos Gabriel y Damiani, Marina Vanesa
{“PICASSO, ALBERTO DAVID c/D.G.I.”}
FALLO DE LA CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO FEDERAL, SALA II, DEL 24/08/2006
|{ Magistrados : Dres. Jorge H. Damarco, Marta Herrera y M.I. Garzón de Conte Grand1.}|
1. La inteligencia del artículo 3º, inciso e), apartado 21 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, introducido por la Ley Nº 23.871 que generalizó el impuesto al valor agregado debe buscarse en el artículo que se haya inserto, donde en el primer párrafo dispone que {“se encuentran alcanzadas por el impuesto de esta ley las obras,... >
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Interpretación de Normas. Quebrantos Impositivos. Crédito Fiscal
1 de noviembre de 2006
,por Gutman, Marcos Gabriel y Damiani, Marina Vanesa
{“RECURSO DE HECHO DEDUCIDO POR EL FISCO NACIONAL EN LA CAUSA “ROHN, CARLOS ALBERTO c/DIRECCIÓN GENERAL””}
FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, DEL 11/07/2006
| Voto de la mayoría : Dres. Enrique Santiago Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Eugenio Raúl Zaffaroni, Ricardo Luis Lorenzetti y Carmen M. Argibay.
Voto en disidencia : Dres. Carlos S. Fayt y Elena I. Highton de Nolasco.|
1. Las Leyes Nros. 20.628 y 24.073 son normas de carácter federal y en ese sentido cabe recordar que, al versar la causa sobre la inteligencia de normas de tal carácter,... >
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Régimen de Percepción del Impuesto al Valor Agregado
1 de noviembre de 2006
,por Ferraro, Enrique
1. Introducción
La Resolución General Nº 3431 dictada por la Dirección General Impositiva y publicada en el Boletín Oficial del 20 de noviembre de 1991, establece un régimen de percepción del impuesto al valor agregado, el que se hará efectivo al momento en que se realice la importación definitiva de cosas muebles gravadas.
2. Agente de Percepción
La Dirección General de Aduanas es quien actuará en carácter de agente de percepción del impuesto al valor agregado, facultad que le fue conferida por el Decreto Nº 2.394 del año 1991.
3. Determinación de la... >
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Honorarios. Abogados. Responsable Inscripto
1 de octubre de 2006
,por Gutman, Marcos Gabriel y Damiani, Marina Vanesa
{“ALBERÓ, MARIO c/PROVINCIA DE CORRIENTES”}
FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIONAL, DEL 23/05/2006
|{ Magistrados : Dres. Enrique S. Petracchi, Elena I. Highton de Nalasco, Carlos S. Fayt, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Raúl Zaffaroni}|
1. Sobre los honorarios regulados judicialmente a un letrado que es responsable inscripto del impuesto al valor agregado, procede adicionar la gabela correspondiente a dicho tributo y esta obligación se encuentra a cargo de la parte condenada al pago de las costas.
2. Corresponde el pago del impuesto al valor agregado a... >
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Dictamen Nº 29/2003 (D.A.T.)
1 de abril de 2005
,por Crivella, Alejandro
{SOCIOS EXPLOTANTES DE UNA “SOCIEDAD DE COMPONENTES” CONSTITUIDA FORMALMENTE COMO UNA SOCIEDAD ANÓNIMA. Transporte público de pasajeros. Revalúo técnico de rodados}
BOLETÍN Nº 74 (A.F.I.P./D.G.I.) – SEPTIEMBRE DE 2003
PLANTEO:
Dilucidar el tratamiento que corresponde otorgar en el impuesto sobre los bienes personales, a la participación de un integrante de una {“sociedad de componentes”} dedicada al transporte público de pasajeros, constituida formalmente como una sociedad anónima por imposición de los organismos de contralor de la actividad.
En... >
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Dictamen Nº 86/2002 (D.A.T.)
1 de octubre de 2004
,por Crivella, Alejandro
{TRANSPORTE DE PASAJEROS. Sociedades de componentes. Principio de la realidad económica}
BOLETÍN Nº 70 (A.F.I.P./D.G.I.) – MAYO DE 2003
Se consulta a la asesoría técnica cuál es el tratamiento que corresponde dispensar a una empresa organizada como sociedad anónima, cuya actividad consiste en la prestación de servicios de transporte público de pasajeros a través de la explotación de concesiones, licencias o permisos otorgados por los poderes públicos.
A tales fines, el interesado informa que la compañía subcontrata la explotación de los colectivos a terceros... >
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Exenciones Aplicables al Período Fiscal 2001
1 de mayo de 2002
,por Arregui, Alejandro
1. INTRODUCCIÓN
Ante los vencimientos para presentar las declaraciones juradas del impuesto sobre los bienes personales que operan en los próximos días, nos proponemos a partir de la presente colaboración realizar un breve repaso de las exenciones que resultan de aplicación para el período fiscal 2001.
Entendemos que el tema puede resultar de interés debido a que las últimas modificaciones sufridas por la Ley del Impuesto sobre los Bienes Personales –sin considerar la reciente reforma legal aprobada por ambas cámaras del Congreso Nacional restando a la fecha su... >
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Casos Prácticos
1 de febrero de 2002
,por Grenabuena, Silvia R.
1. INTRODUCCIÓN
El día 28 de enero de 2002 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General No 1207 (A.F.I.P.), modificando la Resolución General No 1159 (A.F.I.P.), reglamentaria del Régimen de Consolidación de deudas dispuesto por el Decreto N° 1.384/2001.
Por este motivo, creemos necesario hacer un breve comentario sobre las modificaciones introducidas por esta norma y realizar dos casos prácticos.
2. FECHA DE CONSOLIDACIÓN
La Resolución General N° 1207 (A.F.I.P.) estableció que la fecha de consolidación de las obligaciones a incluir en el Régimen de... >
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Dictamen Nº 37/99 (D.A.T.)
1 de abril de 2001
,por Crivella, Alejandro
{ “SOCIEDADES COMPONENTES”. AUTOMOTORES PARA EL TRANSPORTE DE PASAJEROS. Activo computable para la liquidación del gravamen. Sujeto pasivo }
BOLETÍN Nº 29 (A.F.I.P./D.G.I) – DICIEMBRE DE 1999
I. La empresa del epígrafe expresa que con fecha 04/02/98 formuló consulta a este Organismo, omitiendo hacerlo bajo las disposiciones de la Resolución General Nº 182/98 (A.F.I.P.), motivo por el cual solicita en esta oportunidad dicho encuadre y reitera la misma en iguales términos.
Señala que su consulta se encamina a saber si el material rodante –rubro expresado como... >
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30 de noviembre de -1
Un contribuyente local en CABA debe hacer DDJJ anual como el CM05 en el Convenio Multilateral?
Los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos están exceptuados de la presentación de declaraciones juradas anuales. Si el contribuyente está inscripto como local, por estar excluido del Régimen Simplificado- deberá presentar una declaración jurada anual F. 161 -formulario manual-. El vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del año 2008 opera los días 24, 25, 26, 27 y 28 de agosto de 2009 (dos terminaciones de... >
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30 de noviembre de -1
En el caso de un contribuyente unipersonal del r駩men general e inscripto como de IVA Anual Agropecuario, que registra un saldo de libre disponibilidad de I.V.A., ¿Puede utilizar este saldo para abonar anticipos de los impuestos a las ganancias o sobre los bienes personales del perí¯¤o fiscal 2009 mediante compensación?
Si el saldo a favor está exteriorizado en las DD.JJ. mensuales presentadas por el contribuyente y es un saldo del segundo párrafo (de libre disponibilidad) ese saldo a favor puede ser utilizado para compensar contra otros impuestos.
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